Desde nuestra experiencia en la atención a las personas con síndrome de Down y tratando de dar respuesta a sus expectativas, el Movimiento Asociativo Síndrome de Down ha ido formulando sus objetivos para atender, educar y formar a estas personas. Ahora los reunimos y plasmamos en forma de demandas; demandas que Down Andalucía hace suyas y traslada a quien corresponda: familias, profesionales, administración, medios de comunicación y, en definitiva, a la Comunidad en la que viven las personas con s.D.
La coordinación de las Asociaciones Síndrome de Down con los Centros Educativos, para que puedan ofrecer un asesoramiento al profesorado en las peculiaridades psicopedagógicas del alumnado con s.D. y proponer estrategias de enseñanza apropiadas a la forma de ser y de aprender de estos alumnos/as, respetando siempre la autonomía del Centro Educativo.
La realización de actividades de apoyo y refuerzo educativo en las propias Asociaciones. Las necesidades educativas de este alumnado requieren, además de la inclusión escolar, un apoyo complementario que prestan las Asociaciones en horario extraescolar para reforzar el aprendizaje de la escuela.
Es necesaria la formación laboral de las personas con s.D. En el acceso a cursos de formación laboral normalizados se deben facilitar adaptaciones a sus necesidades educativas especiales y una flexibilización en la exigencia de requisitos para hacer el curso.
El Empleo con Apoyo es una modalidad laboral muy adaptada a las personas con s.D. y resulta el mejor camino para una vida normalizada dentro de la sociedad. Demandamos subvenciones y ayudas para desarrollar Programas de Empleo con Apoyo, que permitan dotar a las Asociaciones de unos servicios de empleo estables y consolidados. Son necesarias ayudas similares a las que existen para los Centros Especiales de Empleo.
Son necesarios programas de formación para el/la Preparador/a Laboral y la regulación de esta figura. Demandamos la elaboración de un catálogo de formación y que la figura del/ la preparador/a laboral se reconozca a través de un módulo de Formación Profesional de grado superior.
En el acceso al Empleo Público, debe cumplirse la cuota de reserva del 5% establecida en el Decreto 93/2006, que regula el acceso a la función pública de la Junta de Andalucía por las personas con discapacidad, y en particular la del 1% establecida para las personas con discapacidad intelectual. Para que esta cuota de reserva adquiera efectividad, las pruebas selectivas deben ser moduladas, adaptadas y orientarse a que la persona con discapacidad demuestre su capacitación para desempeñar las tareas propias del puesto de trabajo al que aspira. Por ello, reclamamos pruebas que demuestren y validen el conocimiento de la profesión a la que se oposita.
En el acceso al Empleo privado, debe cumplirse con la cuota de reserva 2%, obligatoria para las empresas que cuenten al menos con 50 trabajadores. Las medidas alternativas al cumplimiento de esta cuota que establece el Decreto 364/2005, de 8 de abril, deben quedar para casos excepcionales, y no convertirse en normas de general aplicación.
Es necesario que se adapten los programas de Formación Profesional de Grado Medio, tal y como se lleva a cabo con los Programas de Garantía Social.
Los Certificados de Aptitud o Capacitación Profesional deben expresarse en positivo, y reflejar las capacidades que la persona con discapacidad intelectual puede realizar, con independencia del grado de minusvalía que tenga reconocido a través del correspondiente certificado.
Los Centros Especiales de Empleo deben servir de puente para que los/as trabajadores/as con s.D. puedan transitar al empleo ordinario.
Demanda de inclusión y normalización
La atención a las personas con discapacidad es, en su mayoría, asistencial. Se atiende la dependencia de estas personas. Centros Específicos, Centros Ocupacionales, Centros de Empleo Protegido, Centros de Día, Residencias… Esta política asistencial es necesaria y debe mantenerse adecuadamente, mediante la dotación de recursos que sean necesarios para las personas con discapacidad que los necesiten.
Down Andalucía demanda, además, la inclusión y la normalización de las personas con s. D. El punto de mira debe ser su vida autónoma e independiente. Nos centramos en sus posibilidades, no en sus limitaciones, y promovemos acciones formativas para integrar en la escuela, insertar en el trabajo e incluir en la vida de la comunidad. Demandamos prestaciones que promuevan la inclusión, la normalización. la vida autónoma e independiente de las personas con síndrome de Down, mediante los apoyos necesarios. Demandamos ayudas y prestaciones sociales que apoyen la integración en la escuela, la inserción en el trabajo y la inclusión en el ocio y la cultura.
Este objetivo de integración y normalización es filosóficamente más acorde con las aspiraciones de las personas con discapacidad, socialmente más integrador y políticamente más rentable desde la administración de los recursos económicos. Invertir en inclusión y normalización es ahorrar en costes asistenciales para hoy y para mañana.
Servicio de Promoción de la Autonomía Personal
Las personas con síndrome de Down, objetivamente dependientes, lo que requieren no son medidas pasivas que palien sus dificultades con ayuda tales como teleasistencia, servicios a domicilio o centros de día. Lo que necesitan es estimulación temprana, educación, formación, incorporación al mercado laboral y promoción de su vida autónoma e independiente, necesarias todas para frenar o eliminar su dependencia. Rodear a las personas con s.D. de comodidades sería un retroceso y frustraríamos sus expectativas.
En el marco de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia demandamos “el Servicio para la Promoción de la Autonomía Personal”. Entendemos que lo más conveniente para las personas con s.D. es promover todo lo que va en la línea de la autonomía personal. Debemos reunir las buenas prácticas en Atención Temprana, Apoyo Escolar, Habilidades Sociales, participación ciudadana, Empleo y Vida Independiente. Este Servicio puede recoger otras prestaciones que ya vienen recibiendo las personas con s.D. Debe ser la suma de todas ellas y debe orientarse a la promoción de su vida autónoma e independiente.
El Servicio de Promoción de la Autonomía Personal que proponemos se inscribe directamente en los mismos servicios que propone la Ley. (art.15,1) y debe facilitar los apoyos que cada persona necesita para favorecer:
El desarrollo de su autonomía, desde el nacimiento hasta la vida adulta.
La educación y formación como base de la autonomía.
La autodeterminación.
La no discriminación e igualdad de oportunidades.
La inclusión y normalización.
La incorporación y participación social activa en la vida de la Comunidad.
Prestaciones económicas
Las personas con s.D. tienen una discapacidad de origen genético. Por ello, las pensiones no contributivas que se asignan a estas no deben depender de grados de minusvalía, sino por el hecho irreversible de su discapacidad.